Ejercicio de desarrollo de gestión procesal: cinco preguntas, 45 minutos y 25 puntos que deciden la plaza

Ejercicio de desarrollo Gestión Procesal

Si estás preparando Gestión Procesal y Administrativa, hay una parte del examen que ni Tramitación ni Auxilio Judicial tienen que afrontar: el tercer ejercicio, escrito y eliminatorio, en el que no hay opciones entre las que elegir. Tienes que escribir tú la respuesta, a mano, sin códigos ni apuntes delante, y con letra legible.

El problema es que buena parte del material que circula describe mal este ejercicio. Se habla de «desarrollar un tema», de «redactar sobre uno o varios epígrafes del programa» o de «una prueba de composición jurídica».

Nada de eso coincide con lo que dice la convocatoria vigente. Y preparar el ejercicio equivocado durante meses es el tipo de error que no se corrige en las últimas semanas.

Este artículo parte del texto oficial, la Orden PJC/1549/2025, de 22 de diciembre, publicada en el BOE de 30 de diciembre de 2025, y explica qué se te va a pedir exactamente, sobre qué temas, con cuánto tiempo por respuesta y cómo se entrena esa habilidad concreta desde el primer mes de preparación.

Qué dice exactamente la convocatoria sobre el tercer ejercicio

El anexo III.a) de la Orden PJC/1549/2025 describe el tercer ejercicio de Gestión Procesal en términos que conviene leer con cuidado, porque cada palabra tiene consecuencias prácticas.

Es un ejercicio de carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consiste en contestar, sin ayuda de texto alguno y con letra legible, a cinco preguntas de contenido procesal sobre los temas 17 a 39 y 43 a 67 del programa, ambos inclusive.

La duración es de 45 minutos, con la limitación de espacio para responder que determine el tribunal.

La calificación va de 0 a 25 puntos, a razón de un máximo de 5 puntos por pregunta, y hace falta un mínimo de 12,5 puntos para superarlo.

El tribunal procede a la lectura del ejercicio y lo puntúa con arreglo a criterios de capacidad de análisis, sistemática y capacidad de expresión escrita, además de cualesquiera otros que fije y que deben hacerse públicos antes de que empiecen las correcciones.

Las puntuaciones de los miembros del tribunal se suman descartando la más alta y la más baja, y el total resultante se divide entre el número de miembros cuya calificación se ha computado.

Traducido a lo que importa cuando te sientas a estudiar:

No es un tema desarrollado. Son cinco respuestas cortas. Con 45 minutos para cinco preguntas, dispones de unos nueve minutos por respuesta, y eso incluye leer el enunciado y decidir por dónde empiezas. Una respuesta de nueve minutos escrita a mano son entre doce y veinte líneas, no dos folios.

El espacio está acotado por el tribunal. No decides tú la extensión. Si la hoja te da diez líneas, la respuesta cabe en diez líneas. Escribir más no suma y suele restar, porque obliga a apretar la letra y el enunciado exige que sea legible.

No hay legislación de apoyo. «Sin ayuda de texto alguno» significa que los artículos que cites salen de tu memoria. Esto no convierte el ejercicio en una prueba de memorización literal, pero sí obliga a llevar interiorizados los preceptos de referencia de cada bloque.

El listón es el 50 %. Necesitas 12,5 sobre 25, es decir, una media de 2,5 puntos por pregunta. Dejar una en blanco te obliga a sacar más de 3 puntos en cada una de otras cuatro. Contestar las cinco, aunque alguna quede escueta, es casi siempre mejor estrategia que redactar tres respuestas impecables y abandonar dos.

Los tres ejercicios se hacen el mismo día, uno detrás de otro

Este es el dato que más veces falta en el material que circula y el que más condiciona la preparación.

La convocatoria establece que los tres ejercicios de Gestión Procesal tendrán lugar el mismo día y a la misma hora en todas las sedes de examen, en un único acto de examen, uno a continuación de otro. No hay convocatorias separadas ni semanas de margen entre pruebas.

Suma los tiempos oficiales:

EjercicioFormatoDuraciónPuntuaciónMínimo
PrimeroTest de 100 preguntas (104 con reserva), cuatro opciones100 minutos0 a 6030
Segundo10 preguntas test sobre un caso práctico (12 con reserva)30 minutos0 a 157,5
TerceroCinco preguntas de desarrollo escrito45 minutos0 a 2512,5
Estructura y tiempos del examen

Son 175 minutos de examen efectivo, casi tres horas, más los tiempos muertos de reparto y recogida. Y el ejercicio que exige mayor esfuerzo de producción, el desarrollo, llega el último, cuando llevas 130 minutos concentrado en marcar opciones.

Esto tiene una consecuencia de entrenamiento que casi nadie aplica: practicar el desarrollo en frío, un sábado por la mañana y con la cabeza descansada, no reproduce las condiciones reales. Al menos una vez al mes deberías encadenar los tres bloques en el orden y con los tiempos oficiales, aunque sea con material propio.

Conviene retener también el sistema de penalizaciones, porque circula mal. En el primer ejercicio cada acierto vale 0,60 puntos y cada fallo o respuesta múltiple descuenta 0,15, es decir, un cuarto de acierto, no un tercio. En el segundo, cada acierto vale 1,5 puntos y cada error descuenta 0,30, un quinto. Las no contestadas no puntúan en ninguno de los dos. En el tercero no hay penalización por error en sentido técnico: hay una valoración cualitativa de cada respuesta entre 0 y 5.

La suma de los tres ejercicios da 100 puntos. El desarrollo aporta el 25 % de la nota final, y en caso de empate en la puntuación total se acude primero al primer ejercicio, después al segundo y en tercer lugar al tercero.

Para la convocatoria en curso, la Orden PJC/585/2026, de 2 de junio, publicada en el BOE de 12 de junio de 2026, fijó la celebración de los ejercicios el 3 de octubre de 2026, con 725 plazas convocadas para Gestión Procesal y Administrativa.

Qué temas entran en el ejercicio de desarrollo y cuáles no

El tercer ejercicio no abarca todo el programa. Se limita a los temas 17 a 39 y 43 a 67, que son 48 de los 68 temas del anexo VI.a). Saber esto reordena tu plan de estudio, porque hay bloques enteros que solo tienes que dominar para el test y el caso práctico.

Entra en el desarrollo:

  • Temas 17 a 24: Normas comunes a los procedimientos civiles. Partes, capacidad, litisconsorcio, representación y legitimación, jurisdicción y competencia, actos procesales y su nulidad, resoluciones judiciales y del letrado de la Administración de Justicia, actos de comunicación con tribunales y con las partes, archivo y documentación judicial.
  • Temas 25 a 39: procedimientos civiles. Declarativos y medios adecuados de solución de controversias, juicio ordinario, juicio verbal, división judicial de patrimonios, monitorio y cambiario, procesos matrimoniales y de apoyo a personas con discapacidad, jurisdicción voluntaria, recursos, casación, ejecución forzosa en todas sus modalidades, apremio, medidas cautelares, costas y asistencia jurídica gratuita.
  • Temas 43 a 56: Procedimiento penal completo, desde el sistema procesal de la LECrim hasta la ejecución de sentencias penales, pasando por partes, sumario, medidas cautelares personales, período intermedio, prueba, procedimiento abreviado, juicios rápidos, Tribunal del Jurado, secciones de violencia sobre la mujer y contra la infancia, responsabilidad penal del menor, delitos leves y recursos.
  • Temas 57 a 67: procedimiento contencioso-administrativo y proceso laboral.

No entra en el desarrollo: los temas 1 a 16 (derecho constitucional, organización del Poder Judicial, tribunales de instancia, cuerpos de funcionarios, oficina judicial), los temas 40 a 42 (Registro Civil) y el tema 68 (concurso de acreedores).

Un matiz que conviene no simplificar: aunque el tema 8, dedicado a los Tribunales de Instancia y al Tribunal Central de Instancia, queda fuera del tercer ejercicio, la terminología introducida por la Ley Orgánica 1/2025 aparece dentro de temas que sí entran.

El tema 52 se refiere a la tutela judicial ante los Tribunales de Instancia, secciones de violencia sobre la mujer y de violencia contra la infancia y la adolescencia, y el tema 56 menciona la sección de vigilancia penitenciaria.

Si en una respuesta de desarrollo escribes «Juzgado de Violencia sobre la Mujer» en lugar de la denominación actual, estás señalando al tribunal que tu material está desactualizado. Es un detalle pequeño que pesa mucho en un criterio como «capacidad de expresión escrita».

Cómo se estructura una respuesta de nueve minutos

La metodología clásica de desarrollo de temas, con introducción amplia, encuadre histórico y conclusión, no sirve aquí. El formato es otro y exige otra técnica.

Lo que el tribunal valora está escrito en la convocatoria: capacidad de análisis, sistemática y capacidad de expresión escrita. Traducido a una respuesta corta, funciona un esquema de cuatro movimientos que cabe en el espacio disponible.

Primero, encuadre en una línea. Nombra la norma y el precepto de referencia y define el concepto. Una sola frase. «El sobreseimiento es la resolución que pone fin al proceso penal sin entrar en el fondo mediante sentencia, regulado en los arts. 634 y siguientes LECrim.» Con eso el corrector ya sabe que ubicas el tema.

Segundo, la clasificación o los requisitos. Aquí es donde se demuestra la sistemática. Si el concepto tiene clases, enumera las clases. Si tiene presupuestos, enumera los presupuestos. Numerarlos o separarlos con guiones cortos ayuda a la lectura y hace visible el orden, que es exactamente lo que se está puntuando.

Tercero, el contenido diferencial. Explica qué distingue una categoría de otra o qué consecuencia tiene cada requisito. Esta es la parte que separa una respuesta de A2 de una descripción genérica.

Cuarto, los efectos o el cierre procesal. Una o dos frases sobre qué ocurre después: qué recurso cabe, qué eficacia tiene la resolución, en qué situación queda el procedimiento. No repitas lo anterior.

Tres reglas prácticas que ahorran puntos:

Reparte el tiempo antes de escribir. Nueve minutos por pregunta significa que a los diez minutos debes estar cerrando la primera, aunque no te haya salido redonda. Escribe la hora de corte de cada respuesta en el margen del borrador si te ayuda. La causa más frecuente de suspenso en este ejercicio no es el desconocimiento, es llegar a la quinta pregunta con dos minutos.

Parafrasea, no transcribas. Reproducir el artículo literalmente ocupa espacio y no acredita comprensión. Explicar el mismo contenido con tus palabras, citando el número del precepto, demuestra las dos cosas a la vez.

Cuida la caligrafía. «Con letra legible» está en el texto de la convocatoria. No es un consejo, es un requisito del enunciado. Si llevas años escribiendo solo con teclado, escribir a mano durante 45 minutos seguidos es una habilidad física que necesitas recuperar antes del examen.

Un ejemplo resuelto, con las tres versiones que suspenden

Pregunta: Clases de sobreseimiento en el proceso penal y sus efectos.

Respuesta modelo, ajustada al espacio:

El sobreseimiento es la resolución en forma de auto que pone fin al proceso penal, con carácter definitivo o provisional, sin llegar a sentencia. Se regula en los arts. 634 y siguientes LECrim, que distinguen dos criterios de clasificación.

Por sus efectos, puede ser libre o provisional. El sobreseimiento libre procede, conforme al art. 637 LECrim, cuando no existan indicios racionales de haberse perpetrado el hecho, cuando el hecho no sea constitutivo de delito o cuando aparezcan exentos de responsabilidad criminal los encausados.

El sobreseimiento provisional procede, según el art. 641 LECrim, cuando no resulte debidamente justificada la perpetración del delito o cuando, constando el delito, no existan motivos suficientes para acusar a persona determinada.

Por su extensión subjetiva, puede ser total, si alcanza a todos los encausados, o parcial, si afecta solo a alguno, continuando el procedimiento respecto de los demás.

Los efectos son distintos y esta es la diferencia esencial. El sobreseimiento libre equivale materialmente a una absolución y produce efectos de cosa juzgada, de modo que impide un nuevo proceso por los mismos hechos contra la misma persona.

El provisional se limita a archivar las actuaciones sin cerrar definitivamente la causa, que puede reabrirse si aparecen nuevos elementos que justifiquen la continuación.

Son unas 200 palabras. Cabe en el espacio típico de una pregunta de este ejercicio y contiene encuadre, doble clasificación, contenido y efectos.

Ahora, tres versiones que un tribunal penaliza.

Versión A: Transcripción literal. El opositor reproduce de memoria el art. 637 LECrim completo, con sus tres números y su redacción exacta, y ahí termina.

El contenido no es incorrecto, pero no hay clasificación (falta el eje total/parcial), no hay efectos y no hay análisis. Se penaliza por sistemática y por capacidad de análisis, que son dos de los tres criterios expresos de la convocatoria. Además consume espacio y tiempo en lo que menos puntúa.

Versión B: la introducción interminable. Empieza explicando la estructura del proceso penal español, la separación entre instrucción y enjuiciamiento y los principios que informan la LECrim.

Cuando llega al sobreseimiento le quedan tres líneas de espacio y cuatro minutos de reloj. La respuesta queda truncada y, lo que es peor, el retraso arrastra a las cuatro preguntas siguientes. Este es el error que más suspensos provoca.

Versión C: contenido correcto sin anclaje normativo. Explica bien la diferencia entre libre y provisional, con sus efectos, pero no cita un solo artículo ni menciona la LECrim.

El corrector no puede distinguir si dominas la norma o si has retenido una explicación de clase. En un ejercicio sin ayuda de texto, citar el precepto es precisamente la prueba de que lo llevas interiorizado.

La conclusión práctica es que las tres versiones fallan por forma, no por fondo. Y la forma se entrena escribiendo, no leyendo.

Preceptos de alta frecuencia en el ejercicio de desarrollo

Esta tabla recoge los anclajes normativos que más rentabilidad dan en el tercer ejercicio, limitados a los bloques que efectivamente entran (temas 17 a 39 y 43 a 67). No es un temario: es la lista de números que deberías poder citar sin pensar.

BloquePreceptos de referenciaPor qué rinde en el desarrollo
Nulidad de actos procesalesArts. 238 a 243 LOPJ; arts. 225 a 231 LECConcepto transversal que aparece en preguntas de forma y de subsanación
Resoluciones judiciales y del LAJArts. 206 y 208 LEC; art. 456 LOPJClasificación limpia y fácil de estructurar en pocas líneas
Actos de comunicaciónArts. 149 a 168 LECClases, formas y edictos: pregunta recurrente de bloque común
MASC como requisito de procedibilidadArt. 5 LO 1/2025Reforma reciente con alta probabilidad de aparecer en cualquier formato
Juicio ordinarioArts. 399 a 436 LECAudiencia previa (arts. 414 a 430) y diligencias finales (arts. 435 y 436)
Juicio verbalArts. 437 a 447 LECContestación escrita y vista no automática tras el RDL 6/2023
Monitorio y cambiarioArts. 812 a 818 y 819 a 827 LECEstructura de fases muy apta para respuesta corta
Recursos civilesReposición 451 a 454; apelación 455 a 467; casación 477 a 493 LECLa casación se reformó por el RDL 5/2023 y desapareció el recurso extraordinario por infracción procesal
Ejecución forzosaTítulo ejecutivo art. 517; demanda 549; orden general 551; oposición 556 a 561 LECBloque de máxima exigencia en A2
Medidas cautelares civilesArts. 721 a 747 LEC, con presupuestos en el art. 728Presupuestos y caución se responden en diez líneas si están ordenados
CostasArt. 394 LEC; tasación arts. 241 a 246 LECPregunta breve y de respuesta cerrada
Detención y prisión provisionalArts. 489 a 501 y 502 a 519 LECrim; derechos del detenido art. 520Exige precisión en plazos y en fines de la medida
SobreseimientoArts. 634 a 645 LECrimDoble clasificación con efectos diferenciados
Procedimiento abreviado y juicios rápidosArts. 757 y siguientes y 795 a 803 LECrimFases y conformidad
Recursos penalesApelación arts. 790 a 792; casación arts. 847 y siguientes; revisión art. 954 LECrimBloque con muchas variantes de pregunta corta
Contencioso-administrativoLey 29/1998: plazo art. 46, abreviado art. 78, cautelares arts. 129 a 136Los temas 57 a 64 entran íntegros
Proceso laboralLey 36/2011: conciliación art. 63, demanda art. 80, despido arts. 103 y siguientes, suplicación arts. 190 y siguientesLos temas 65 a 67 entran íntegros
Artículos clave para el desarrollo

Antes de dar por buena cualquier lista de artículos, incluida esta, contrástala con el texto consolidado en el BOE. La LEC y la LECrim han acumulado reformas relevantes en muy poco tiempo: el Real Decreto-ley 5/2023, el Real Decreto-ley 6/2023 y la Ley Orgánica 1/2025 han modificado numeraciones, denominaciones de órganos y trámites completos. Buena parte de los materiales que circulan por foros y grupos siguen citando la redacción anterior.

Cómo entrenar el desarrollo desde el primer mes

El ejercicio de desarrollo se descuida porque no da sensación de progreso. El test devuelve un porcentaje de aciertos que puedes ver subir semana a semana. Una respuesta escrita no devuelve nada inmediato. Por eso se pospone, y por eso llega tarde.

La técnica de redacción bajo presión no se adquiere en cuatro semanas. Se adquiere acumulando repeticiones a lo largo de todo el ciclo de preparación. Un esquema que funciona:

Fase inicial, desde el primer mes. Una pregunta escrita por semana, cronometrada a nueve minutos, sobre un tema que acabes de estudiar. No busques la respuesta perfecta: busca terminar dentro del tiempo con las cuatro partes de la estructura presentes. Escribe a mano, siempre.

Fase intermedia. Sube a tres preguntas semanales y empieza a mezclar bloques: una civil, una penal y una del bloque contencioso o laboral, que es el que más se abandona. Reléelas al día siguiente, no en caliente, y marca en rojo lo que sobra. Aprender a quitar es la mitad del trabajo.

Fase avanzada, últimas seis a ocho semanas. Series completas de cinco preguntas en 45 minutos, con espacio limitado real. Fotocopia una plantilla con el número de líneas que estimes y oblígate a caber en ella. Y al menos una vez al mes, el bloque completo de 175 minutos en el orden oficial: test, caso práctico y desarrollo seguidos, sin pausas largas.

Las últimas dos semanas. No es momento de contenido nuevo. Repasa los preceptos de la tabla anterior hasta poder citarlos de memoria y haz una serie de cinco preguntas cada dos o tres días para mantener el pulso y la letra.

Un apunte sobre el método de repaso: explicar el concepto en voz alta, con tus palabras y sin mirar apuntes, antes de escribirlo; detecta en treinta segundos si de verdad lo entiendes o solo lo reconoces. Es la lógica de la técnica Feynman aplicada a un ejercicio que, en el fondo, mide exactamente eso.

Preguntas frecuentes

¿El ejercicio de desarrollo de Gestión Procesal es un tema largo o preguntas cortas?

Preguntas cortas. La Orden PJC/1549/2025 establece cinco preguntas de contenido procesal en 45 minutos, con limitación de espacio fijada por el tribunal. Cualquier material que hable de «desarrollar un tema» está describiendo un formato que no corresponde a esta convocatoria.

¿Qué temas entran en el tercer ejercicio?

Los temas 17 a 39 y 43 a 67 del programa del anexo VI.a), ambos rangos inclusive. Quedan fuera derecho constitucional y organización judicial (temas 1 a 16), Registro Civil (temas 40 a 42) y concurso de acreedores (tema 68), que sí entran en el primer ejercicio.

¿Se puede llevar la legislación al examen?

No. La convocatoria exige contestar sin ayuda de texto alguno. No se admiten códigos, leyes ni apuntes, y la respuesta debe escribirse con letra legible.

¿Cuánto hay que sacar para aprobar y qué peso tiene?

Hace falta un mínimo de 12,5 puntos sobre 25, es decir, una media de 2,5 por pregunta. Es eliminatorio: por debajo de ese umbral quedas excluido del proceso con independencia de la nota de los otros dos ejercicios. Sobre los 100 puntos totales de la oposición, el desarrollo aporta el 25 %.

¿Tramitación Procesal y Auxilio Judicial tienen este mismo ejercicio?

No. Tramitación Procesal también tiene tres ejercicios, pero su tercero es un test de 20 preguntas en 40 minutos sobre Windows 10 y 11 y Microsoft 365, correspondiente a los temas 32 a 37 de su programa. Auxilio Judicial solo tiene dos ejercicios, ambos tipo test. El desarrollo escrito es exclusivo de Gestión Procesal y Administrativa.

¿Cuándo se celebra el examen de la convocatoria actual?

La Orden PJC/585/2026, de 2 de junio, fijó la celebración de los ejercicios de la fase de oposición el 3 de octubre de 2026, en un único acto y con los tres ejercicios uno a continuación de otro. Las sedes concretas se publican con la resolución de listas definitivas.

El razonamiento que entrenas en el test es el que escribes en el desarrollo

No son dos preparaciones distintas. Cada vez que fallas una pregunta de test sobre medidas cautelares y entiendes por qué la respuesta correcta era otra, estás construyendo el razonamiento que el tercer ejercicio te va a pedir que pongas por escrito.

Ahí está la diferencia entre memorizar el art. 728 LEC y poder explicar en diez líneas por qué el peligro por la mora procesal y la apariencia de buen derecho son presupuestos acumulativos y qué papel juega la caución. El primero acierta la pregunta de test cuando la ve formulada igual que la estudió. El segundo la acierta siempre y además puede escribir la respuesta de desarrollo.

En JusticiaTest el Método Ferrari explica el porqué de cada respuesta, no solo cuál era la correcta. Ese razonamiento es la materia prima del tercer ejercicio: el mismo contenido, entrenado primero como reconocimiento y después como producción escrita.

Con los supuestos resueltos organizados por bloque procesal y corrección guiada, puedes empezar a escribir desde la primera semana en lugar de descubrir en septiembre que llevas ocho meses preparando dos tercios del examen.

Empieza por una pregunta a la semana. En nueve minutos. A mano.

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